viernes, 4 de enero de 2008

Año nuevo, administración nueva.

La toma de posesión del nuevo presidente esta a la vuelta de la esquina y me pregunto: ¿Qué Irán hacer de bueno por Guatemala? No se si reír o llorar, ya que con cada cambio de gobierno en nuestro país cambian las instituciones a sabor y antojo del nuevo gobierno, y eso ¿será malo? Pues la verdad no se, el problema es que algunos los pocos proyectos que de verdad benefician a la población quedaran en el olvido dando paso a la imposible tarea de cumplir todo lo que el nuevo Presidente y su comitiva prometió con tal de obtener el “Huesito”.

Ustedes que dicen? Será que de verdad Guatemala vera su primavera en manos del próximo partido oficial, o será otro invierno donde a los guatemaltecos nos llueve sobre mojado y a los políticos les llueve pero dinero a montones. La verdad a mi no me parece mucho la idea de la política ya que en su mayoría es una sarta de mentiras que no hace mas que ilusionar al guatemalteco de clase media y baja con que las cosas van a mejorar cuando de hecho ya están peor.

Será que esta bien que con cada cambio de gobierno salgan volando muchísimos empleados públicos que talvez hacen su trabajo para darle el lugar a otros que posiblemente no llegaron allí por su merito propio si no por gritar consignas y hacer relajo, tapizar las calles con basura electoral y decir que el candidato X o Y es le mejor para Guatemala cuando a veces ni nosotros mismos sabemos que es lo mejor para nosotros, menos para nuestra querida nación? Creo que será cuestión de tiempo para ver que destrozos hacen con nuestro país.

En fin creo que es necesario darle una revisada a las obligaciones del Presidente de la Republica, porque si no sabemos que hace, no podremos exigirle que haga lo que debe el Articulo 193 de la Constitución Política de la Republica de Guatemala indica:

Artículo 183. Funciones del Presidente de la República. Son funciones del Presidente de la República:

a) Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes;
b) Proveer a la defensa y a la seguridad de la Nación, así como a la conservación del orden público;
c) Ejercer el mando de las fuerzas armadas de la Nación con todas las funciones y atribuciones respectivas;
d) Ejercer el mando de toda la fuerza pública;
e) Sancionar, promulgar, ejecutar y hacer que se ejecuten las leyes, dictar los decretos para los que estuviere facultad por la Constitución, así como los acuerdos, reglamentos y órdenes para el estricto cumplimiento de las leyes sin alterar su espíritu;
f) Dictar las disposiciones que sean necesarias en los casos de emergencia grave o de calamidad pública, debiendo dar cuenta al Congreso en sus sesiones inmediatas;
g) Presentar iniciativas de ley al Congreso de la República;
h) Ejercer el derecho de veto con respecto a las leyes emitidas por el Congreso, salvo los casos en que no sea necesaria la sanción del Ejecutivo de conformidad con la Constitución;
i) Presentar anualmente al Congreso de la República, al iniciarse su período de sesiones, informe escrito de la situación general de la República y de los negocios de su administración realizados durante el año anterior;
j) Someter anualmente al Congreso, para su aprobación, con no menos de ciento veinte días de anticipación a la fecha en que principiará el ejercicio fiscal por medio del ministerio respectivo, el proyecto de presupuesto que contenga en forma programática, el detalle de los ingresos y egresos del Estado. Si el Congreso no estuviere reunido deberá celebrar sesiones extraordinarias para conocer el proyecto;
k) Someter a la consideración del Congreso para su aprobación, y antes de su ratificación, los tratados y convenios de carácter internacional y los contratos y concesiones sobre servicios públicos;
l) Convocar al Organismo Legislativo a sesiones extraordinarias cuando los intereses de la República lo demanden;
m) Coordinar, en Consejo de Ministros, la política de desarrollo de la Nación;
n) Presidir el Consejo de Ministros y ejercer la función de superior jerárquico de los funcionarios y empleados del Organismo Ejecutivo;
ñ) Mantener la integridad territorial y la dignidad de la Nación;
o) Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales: celebrar, ratificar y denunciar tratados y convenios de conformidad con la Constitución;
p) Recibir a los representantes diplomáticos, así como expedir y retirar el exequatur a los cónsules;
q) Administrar la hacienda pública con arreglo a la ley;
r) Exonerar de multas y recargos a los contribuyentes que hubieren incurrido en ellas por no cubrir los impuestos dentro de los términos legales o por actos u omisiones en el orden administrativo;
s) Nombrar y remover a los Ministros de Estado, Viceministros, Secretarios y Subsecretarios de la Presidencia, embajadores y demás funcionarios que le corresponda conforme a la ley;
t) Conceder jubilaciones, pensiones y montepíos de conformidad con la ley;
u) Conceder condecoraciones a guatemaltecos y extranjeros;
v) Dentro de los quince días siguientes de concluido, informar al Congreso de la República sobre el propósito de cualquier viaje que hubiere realizado fuera del territorio nacional y acerca de los resultados del mismo;
w) Someter cada cuatro meses al Congreso de la República por medio del ministerio respectivo un informe analítico de la ejecución presupuestaria para su conocimiento y control; y
x) Todas las demás funciones que le asigne esta Constitución o la ley.

Veremos cuales de las cosas importantes se cumplen en los próximos cuatro años de gobierno, yo se que no es fácil guiar a un país hundido en la miseria, la corrupción y la violencia, pero es deber de todo guatemalteco hacer lo posible y aportar lo que se pueda para engrandecer nuestra nación; ya sea pagando nuestros impuestos a cabalidad, cumpliendo con nuestro trabajo, denunciando las faltas de honradez en la ejecución de nuestras leyes y lo mas importantes CUMPLIENDO CON LAS LEYES QUE NOS PROTEGEN Y NOS DAN DERECHO A PEDIR CUENTAS DE LO QUE NO SE HA HECHO.

Recuerden que solo nosotros podemos transformar a Guatemala del país de la eterna primavera al país de la eterna tranquilidad.


Regulación legal: Artículo 183 de la Constitución Política de la Republica de Guatemala.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Es interesante tu reflexion y noto pesimismo en el enfoque que le das.. y con justa razon. Sin embargo, creo que como juventud, debemos de dar un paso mas: dejar de ser espectadores de este encuentro, y volvernos actores. Es decir, tomemos el poder en nuestras manos y participemos para hacer de este país algo distinto. Nos guste o no, hoy en día en Guatemala el poder solo se obtiene a través de la participacion politica, y esta solo se ejerce perteneciendo a un partido politico y sometiendose a la voluntas soberana del pueblo..

birdman dijo...

Tenes razon, aunque no me guste la poliica es necesario involucrarse para hacer que se escuche nuestra voz, solo espero que cuando me decida a hacerlo encuente gente que con deseo de hacer bien las cosas.

gracias por pasar por aca y nos leemos pronto.